Principio Preventivo en Evaluación de Impacto Ambiental / Parte 3

Vinculación jurídica de los proyectos

*Mtro. en Der. Carlos del Razo Ochoa

Para efectos de la presente entrega, resulta de especial importancia la vinculación de las obras y actividades que se pretendan desarrollar con los ordenamientos jurídicos aplicables en materia ambiental.

En la vinculación jurídica, se debe identificar y puntualizar el marco jurídico aplicable a cada proyecto. Posteriormente, es necesario realizar un análisis exhaustivo para evaluar si el mismo se adecúa a la normatividad, verificando su cumplimiento o correspondencia con los requisitos legales exigibles.

La expresión práctica de este análisis es un documento en el que se listan aquellas disposiciones jurídicas que, dada su naturaleza, resultan pertinentes al proyecto en cuestión. Pensemos, por ejemplo, en un proyecto turístico en un ecosistema costero en las adyacencias de un humedal. Muy probablemente, el proyecto requerirá de la vinculación de la Ley General de Vida Silvestre y la norma oficial mexicana que se refiere a la conservación y manejo de los manglares (de modo que el diseño del proyecto y las medidas que se proponen, garanticen que las obras y actividades planteadas, cumplen con los requisitos de tal normatividad).

Así, la vinculación jurídica de cada proyecto es casuística y, como el resto de los capítulos de la MIA, requiere del involucramiento de especialistas idóneos (idealmente y para proyectos de cierto calado, de abogados especializados en la materia ambiental), para llevar a buen puerto este análisis. De esta manera, el Capítulo de Vinculación Jurídica permite determinar la viabilidad del proyecto, desde el punto de vista legal.

Típicamente, la referida vinculación incluye el análisis de: (a) instrumentos de planeación, (b) programas de ordenamiento territorial, (c) tratados internacionales, (d) normas de carácter general y sus reglamentos y (e) normas oficiales mexicanas.  

Los instrumentos de planeación incluyen al Plan Nacional de Desarrollo, el Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Estrategia Nacional de Cambio Climático, etc.

Los programas de ordenamiento territorial se refieren a los programas de ordenamiento ecológico del territorio (general, regionales, locales y marinos) así como a los programas de desarrollo urbano (estatales y municipales, entre otros). En estos programas se establecen requisitos específicos, dependiendo de las unidades territoriales en las que se ubica el proyecto que se pretende desarrollar (qué superficie del terreno se puede construir, cuánta se debe dejar libre, cuánta vegetación forestal se puede remover, etc.).

Y en ocasiones, múltiples programas pueden coexistir en un solo territorio, lo cual dificulta su aplicación, pues surgen contradicciones (o antinomias, como las referimos los abogados), que requieren de un análisis adicional y detallado para confirmar la procedencia de los proyectos.

Como se puede advertir, la superposición de ordenamientos aplicables puede llegar a ser compleja. De ahí la necesidad de realizar la elaboración de este capítulo en armonía con el resto de la MIA, asegurando que el cumplimiento legal del proyecto sometido a evaluación realmente tenga sustento técnico y sea coherente. 

Por lo que se refiere a los tratados internacionales podemos citar el Acuerdo de París, el Convenio sobre la Diversidad Biológica o el Convenio 169 sobre pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes de la OIT, entre otros, mismos que requerirán análisis y vinculación cuando así lo amerite el tipo y naturaleza del proyecto.

Entre las leyes comúnmente vinculadas podemos citar a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley General de Cambio Climático y La Ley de Aguas Nacionales, Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos, Ley General de Vida Silvestre, Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, así como a sus respectivos reglamentos.

Por último, la normatividad mexicana contempla un amplio espectro de normas oficiales mexicanas establecen regulaciones técnicas obligatorias en materia ambiental. Entre ellas se encuentran las que regulan el control de la contaminación, como podría ser el caso de la NOM-001-SEMARNAT-2021, que establece los límites permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales en cuerpos receptores propiedad de la nación y de la NORMA Oficial Mexicana NOM-085-SEMARNAT-2011, que regla la contaminación atmosférica-Niveles máximos permisibles de emisión de los equipos de combustión de calentamiento indirecto y su medición. También existen normas que inciden en el diseño del proyecto a construirse, tales como la norma que prevé el diseño que deben tener las presas de jales (para el almacenaje de residuos mineros), así como la norma anteriormente mencionada sobre NOM-022-SEMARNAT-2003, que contiene especificaciones que deben observar las obras cercanas a zonas de manglar.

Como se advierte, la vinculación jurídica constituye un puente indispensable entre la EIA y otros instrumentos de política ambiental como el ordenamiento ecológico del territorio, la regulación de los asentamientos humanos, la planeación ambiental y las normas oficiales mexicanas. De ahí que se erija como el instrumento de política ambiental por excelencia. Es indispensable seguir trabajando en su fortalecimiento, labor que realizan diversas instituciones, como la Academia Mexicana de Impacto Ambiental, A.C., la cual ha sido una asociación gremial activa y propositiva en este rubro, en pro del desarrollo sostenible de México.

En suma, la EIA es un instrumento multifacético fundamental en la protección del medio ambiente. Su adecuada implementación, en coordinación con otros instrumentos de política ambiental, contribuye en gran medida a la consecución de un derecho a un medio ambiente sano, en beneficio de todos.

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Carlos del Razo

Soy abogado, especializado en derecho ambiental, y mi compromiso es ayudar a las empresas a tomar decisiones con seguridad y claridad. A través de un acompañamiento estratégico, ayudo a mis clientes a evitar riesgos legales que puedan frenar su crecimiento, permitiendo que avancen con confianza en un entorno regulado y en constante evolución.

Mi enfoque va más allá del cumplimiento normativo; se trata de brindar soluciones prácticas que faciliten la operación y desarrollo de cada negocio. Con una visión integral y basada en años de experiencia, asesoro a mis clientes para que cada paso que den esté respaldado por una gestión legal sólida, eficiente y alineada con sus objetivos.

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